Quiénes Somos

Información institucional

Serviaseo Itagüí S.A.S E.S.P, empresa prestadora del servicio de aseo público domiciliario en Itagüí, fue constituida en mayo de 1997, con el propósito de brindar a toda la población un servicio integral para el adecuado manejo de los residuos sólidos. Para realizar esta importante labor cuenta con equipos y personal calificado que le permiten prestar sus servicios bajo altos estándares de calidad, cumpliendo con las disposiciones legales vigentes y las expectativas de los clientes y accionistas.

Misión

Liderar a través de un eficaz Servicio Público de Aseo, una cultura ciudadana basada en el respeto por el usuario y el medio ambiente, donde todos los Itagüiseños convivan en un entorno limpio y agradable.

Visión

Ser en el año 2024 una empresa líder en el Valle de Aburrá con responsabilidad social y ambiental que contribuya a mejorar la calidad de vida de la comunidad en general por medio de la prestación del Servicio Público de Aseo.

Objetivos

  • Promover a través de la cultura medio ambiental la sostenibilidad de nuestro entorno.
  • Fomentar el fortalecimiento corporativo y la gestión de los procesos.
  • Contribuir el crecimiento y la satisfacción de los usuarios en la prestación del servicio.
  • Implementar acciones integrales que permitan la prestación eficiente del Servicio Público de Aseo.

Funciones y deberes

Esta entidad realiza la prestación del servicio público domiciliario de aseo en los términos del numeral 14.24 del artículo 14 de la Ley 142 de 1994, ejecutando las actividades que se citan a continuación, acorde al artículo 2.3.2.2.2.1.13 del decreto 1077 de 2015 así:

1. Recolección.
2. Barrido, limpieza de vías y áreas públicas.
3. Corte de césped, poda de árboles en las vías y áreas públicas.
4. Disposición final.
5. Lavado de áreas públicas.

Además de realizar a cabalidad las actividades mencionadas anteriormente, este prestador adquiere frente a los suscriptores y/o usuarios los siguientes deberes:

1. Tratar dignamente al usuario.
2. Garantizar el debido proceso, el derecho de defensa y contradicción.
3. No discriminar brindar trato igualitario.
4. Suministrar información clara y oportunamente.
5. Garantizar la presentación de reclamaciones contra la factura sin que sea obligado al pago de las sumas reclamadas.
6. Permitir la libre elección del usuario frente al prestador del servicio.
7. Aplicar descuentos por el incumplimiento en los estándares de calidad técnica e indicadores del servicio a los que está obligada en los términos de la Resolución CRA 720 de 2015 o la que la modifique, adicione o aclare.
8. Suministrar información completa, precisa y oportuna sobre asuntos relacionados con la prestación del servicio.
9. Suministrar información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a las peticiones, actuaciones, solicitudes o quejas que se propongan realizar, así como a llevarlas a cabo.
10. Suministrar en cualquier momento, el estado de los trámites adelantados por los usuario
11. Facilitar la reclamación cuando se aplique un estrato diferente al establecido por la respectiva entidad territorial competente para tales fines.
12. Facilitar reclamar en contra del uso asignado por la persona prestadora al inmueble objeto del servicio.
13. Informar las condiciones uniformes del contrato.
14. Proteger contra el abuso de posición dominante contractual según lo establecido en el artículo 133 de la Ley 142 de 1994.
15. Suministrar información clara, completa, precisa y oportuna del contenido de las facturas.
16. Facilitar la presentación de peticiones, quejas y recursos y entregar respuesta oportuna y completa, de acuerdo con la normatividad vigente.
17. Posibilitar la constitución de los comités de desarrollo y control social.
18. Cobrar de individual la prestación del servicio en los términos previstos en la legislación y regulación vigente.
19. Reservar los datos personales y garantizar el derecho al habeas data.

Organigrama